"Fetrapes" fiscalía nacional económica no resuelve colusión en licitaciones pesquera, efecto ley longueira

El mobbing en las organizaciones

|


RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ el jue 21/01/2010



Tan antiguo como el trabajo, el acoso moral –o mobbing– continúa actualmente existiendo entre nosotros, habiéndose intensificado en su gravedad por la frecuencia de las denuncias en contra de las empresas.


Definido como el establecimiento de comunicaciones no éticas, generalmente entre un superior perverso y su subordinado, el mobbing, término derivado de mob (horda, plebe), se caracteriza por la repetición de comportamientos hostiles, técnicas de desestabilización e intrigas contra un(a) trabajador(a) que desarrolla como reacción graves problemas psicológicos duraderos. Es un proceso destructivo sutil, que puede llevar a la discapacidad permanente, como así también a la muerte de la víctima.


El descontrol de las emociones tóxicas asociadas al mobbing o acoso psicológico se traduce fácilmente en reacciones conscientes o no de agresividad y/o inhibición nefasta en el puesto de trabajo.


La cadena empieza en la despersonalización de la persona, abandono psicológico y absentismo real, incremento vertiginoso de los costos, mal servicio al cliente interno y externo, y termina en la pérdida de la rentabilidad económica. Obviamente trae un enorme perjuicio para la empresa.
Entonces, hay que aprender a confrontar los malos momentos con acierto personal y profesionalmente incide directamente en la mejora y aseguramiento de actitudes y comportamientos sanamente competitivos y rentables para la persona, para el trato comercial con los clientes y promueven automotivación interna, valiosa también para alcanzar e incrementar la rentabilidad empresarial necesaria.


Una persona trata de humillar a otra para fortalecer su autoestima y demostrar poder. Restringe a la víctima de la posibilidad de hablar, aísla a la misma de sus colegas, no considera sus opiniones, no le asigna tareas, critica permanentemente, establece el terror telefónico, ataca creencias religiosas y políticas, grita, insulta, habla “a espaldas”, difunde rumores y comentarios injuriosos. Estas son algunas de las prácticas puestas en marcha por la jefatura que abusa del poder y realiza una manipulación perversa, muchas veces con el consentimiento de la empresa. Esta desconoce que la jefatura, además de ser peligrosa para la víctima, es peligrosa para todo el grupo.


En un comienzo es algo inofensivo y el(la) trabajador(a) agredido(a) no quiere mostrarse ofendido(a), tomando todo en broma. Con la permanencia de este cuadro y la repetición de las agresiones, la víctima es acorralada y sometida a una situación degradante, y cuando protesta es llamada “paranoica”. Los compañeros de trabajo permanecen complacientes y no hacen nada por miedo a ser los siguientes, lo cual crea un “pacto de tolerancia y silencio”.


La agresión tiende a desencadenar ansiedad, y la víctima se coloca en actitud defensiva (hiper vigilancia) por tener una permanente sensación de amenaza, surgiendo sentimientos de fracaso, impotencia y baja autoestima. El(la) trabajador(a) queda desestabilizado(a), ridiculizado(a), debilitado(a) y estigmatizado(a), siendo considerado(a) como una persona de “difícil convivencia”, “mal carácter” y “loco”(a).


La víctima que continúa trabajando es responsabilizada por la caída de la producción y por la falta de calidad del producto producido o del servicio prestado. Por presentar depresión reactiva, disturbios del sueño, mareos, pérdida de la concentración, irritación, y por contar con escasa información sobre sus tareas, está más propenso a sufrir accidentes de trabajo, siendo muchas veces responsabilizado(a) por los mismos.


Las empresas pierden tanto en los costos tangibles (pérdida de la eficiencia, ausentismo, reclutamiento y selección, litigios en la justicia, aumento de accidentes y enfermedades de trabajo), como en los costos intangibles, (reputación de la empresa, relaciones con la sociedad y sabotaje).


La sociedad en general pierde por causa de los gastos previsionales, debido a las discapacidades para el trabajo. Vale destacar que el sufrimiento del(de la) trabajador(a) es reconocido como enfermedad del trabajo por la legislación brasileña.


Como respuesta al cuadro descrito, es recomendable realizar un buen análisis. Es decir, si existe realmente la amenaza (regular y por largo período de tiempo) de la dignidad y/o la integridad física o psíquica como consecuencia de un comportamiento hostil por parte de una o varias personas, se puede pensar en acoso moral, mobbing, bullying o harcelemen.


El(la) trabajador(a) debe reaccionar lo más pronto posible y realizar la denuncia, buscando ayuda dentro de la empresa en Recursos Humanos, en los Organismos especializados o externamente en su sindicato.


Desde nuestro punto de vista, la aplicación del Derecho exige una tarea compleja de interpretación no sólo de la ley, sino de la realidad social bajo el prisma jurídico. En ausencia de ley específica, esta labor es apasionante para un Jurista, por lo que de creación del Derecho tiene.
En este trabajo se intenta describir, jurídicamente, esa realidad. Estamos convencidos de que la interpretación no sólo se hace respecto del texto legal, puesto que al acotar los hechos para ser subsumidos en una norma, ya se hace una interpretación de los mismos.


El mobbing es un ejemplo de ello: ha costado mucho esfuerzo que se interpretara el acoso laboral como un delito de tortura y trato degradante, al que se le debe aplicar el delito previsto en el Código Penal


Un análisis que parta de los conceptos básicos del Derecho, para comprender jurídicamente esa realidad social definida por la Psiquiatría y la Psicología, una opción a favor de la protección de unos intereses concretos, los de la víctima del acoso, y por supuesto de los textos legales, es el método que elegimos de interpretación.


Proponemos una aplicación del Derecho al acoso moral en el trabajo, que se implique en el cambio social al que estamos asistiendo, impulsado inicialmente por el movimiento asociacionista, y enriquecido por las investigaciones que se están llevando a cabo.


Desde esa base y con el estudio de la Teoría General del Derecho, Teoría General de las obligaciones, Teoría General de las relaciones laborales, Teoría General del Delito, Teoría de la Víctima, Delitos de lesiones, tortura y tráfico de influencias, Derecho Procesal, Jurisprudencia Constitucional, del Tribunal Supremo y Tribunales Superiores, todo ello desde el punto de vista de la sociología jurídica de los derechos humanos, y desde la ideología que constituye para nosotros, más que un modo de interpretar el Derecho, una forma de ser y de relacionarnos socialmente.

A Sala proyecto que multa a los empleadores que no paguen las cotizaciones de salud de sus trabajadores

|

La Comisión de Trabajo aprobó la iniciativa y también acordó incorporarle modificaciones al proyecto que extiende a los padres el derecho de alimentar a sus hijos.
La primera semana de marzo podría verse en Sala el proyecto que sanciona a los empleadores que no paguen las cotizaciones de salud de sus trabajadores, luego que la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobara en particular la iniciativa que cumple su primer trámite legislativo.

Así lo informó la presidenta de la citada instancia, senadora Soledad Alvear, tras señalar que la Comisión precisó "cómo operará el sistema y cómo se va a garantizar siempre que el trabajador tenga el derecho a la salud, independiente de si su empleador ha pagado las cotizaciones o no".

La parlamentaria explicó que con ello se busca evitar que alguna Isapre no le brinde atención a su afiliado, por no estar enterada la cotización respectiva.

"La verdad es que el conjunto de normas legales, hacen que eso no sea posible, pero nos parece importante dejarlo establecido en la historia de la ley", señaló la legisladora.

Asimismo, dijo que el objetivo del proyecto es homologar lo que sucede con las cotizaciones previsionales y "la idea es que se apliquen multas e igualmente Isapres o Fonasa estén obligados de entregar las prestaciones de salud, sin perjuicio del pago que con posterioridad, más las multas, debe pagar la empresa a la Isapre".

PERMISO PARA PADRES

Pero además de analizar el citado proyecto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social también se abocó al estudio de la iniciativa que extiende a los padres trabajadores el derecho a alimentar a sus hijos.

Para ello, escucharon las opiniones de los representantes de la Vicaría de la Familia; de la Confederación de la Producción y el Comercio, CPC; de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Conapyne; de la Central Autónoma de Trabajadores, CAT; del Ministerio del Trabajo y del Servicio Nacional de la Mujer.

Según explicó la senadora Alvear, tras las exposiciones la Comisión decidió presentar algunas indicaciones para corregir algunos aspectos puntuales.

"La Conapyme señaló la necesidad, fruto de la reciente publicación del estatuto de las PYMES, que se haga una diferencia entre las grandes y pequeñas empresas, para ser coherentes con ello. Por otra parte se planteó la necesidad de que exista un acuerdo entre los empleadores y los trabajadores de manera tal de que pueda cumplirse a cabalidad y según algunos, se respeten las normas constitucionales sobre el particular", precisó.

Cabe recordar que el citado proyecto señala que en los casos en que el padre y la madre sean trabajadores, a partir de los seis meses de vida del hijo, ambos podrán acordar que sea el padre quien ejerza el derecho. Esa decisión y cualquier modificación de la misma deberán ser comunicadas por escrito a ambos empleadores con a lo menos treinta días de anticipación, mediante instrumento firmado por ambos padres, con copia a la respectiva Inspección del Trabajo.

Sancionaran a quienes condicionen la contratación de personas a que no tengan deudas

|

La iniciativa contempla sanciones de hasta 50 UTM, alrededor de $1.830.000 para los empleadores que exijan que sus futuros contratados no tengan deudas en el Boletín Comercial.
Será la Comisión de Trabajo y Previsión Social la encargada de estudiar el proyecto que sanciona a los empleadores que condiciones la contratación de una persona que se encuentre registrada en el Boletín Comercial.

La iniciativa, que llegó a cumplir su segundo trámite en el Senado, modifica el Código del Trabajo con el objeto de evitar vulnerar la prohibición de exigir antecedentes económicos para la contratación de trabajadores.

En lo fundamental, establece la prohibición de condicionar la contratación de un trabajador a que tenga deudas económicas, financieras, bancarias o comerciales que, conforme a la ley, puedan ser comunicadas por los responsables de registros o bancos de datos personales tales como el Boletín Comercial.

Sólo establece una particularidad respecto de que sólo "excepcionalmente" un empleador podrá solicitar a los registros o bancos de datos personales los antecedentes comerciales, si es que se trata de la contratación de trabajadores para realizar labores en las cuales se les otorgue poder para representar al empleador, tales como gerentes, subgerentes, agentes o apoderados, siempre que, en todos estos casos estén dotados, a lo menos, de facultades generales de administración.


MULTAS

Asimismo, la moción propone incorporar una nueva disposición que señala que quienes condicionen la contratación de alguien a sus antecedentes comerciales, serán sancionados con una multa de 20 a 50 Unidades Tributarias, es decir, entre $732.000 y $1.830.000.

El proyecto agrega que "se presumirá la responsabilidad del empleador en la conducta de discriminación señalada, si directamente, a través de terceros, o bien mediante empresas que presten servicios de selección de personal o similares, son solicitados a los organismos que administren bases de datos personales, las informaciones relativas a los datos comerciales del postulante a un empleo con ocasión del proceso de selección o contratación".

Para que el afectado pueda acreditar que dicha información se solicitó, deberá hacer uso de las facultades y derechos que le otorga la ley.

Presentan proyecto que permite el trabajo a tiempo parcial en jornadas continuas o discontinuas

|

La senadora Soledad Alvear, presidenta de la Comisión de Trabajo, presentó una moción que modifica las normas sobre esa modalidad de empleo.
Una moción que permite, en los hechos, el trabajo a tiempo parcial con jornadas continuas o discontinuas y que permite una aplicación práctica mucho más eficaz de los contratos que lo regulan presentó la presidenta de la Comisión de Trabajo y de Previsión Social, senadora Soledad Alvear.

En lo fundamental, la iniciativa modifica el Código del Trabajo con el objeto de fomentar el trabajo a tiempo parcial para que aquellos empelados que se ven impedidos de trabajar a tiempo completo, puedan acceder a dicha modalidad de empleo.

Según la senadora, en ese caso están los jóvenes que estudian y que buscan compatibilizar su formación con el trabajo; las personas con alguna discapacidad, los adultos mayores y sobre todo de algunos trabajadores con responsabilidad familiar, situación en la que se encuentran mayoritariamente las mujeres con hijos y los hombres que tienen a su cuidado a los menores.

"El trabajo a tiempo parcial es una eficaz herramienta para reorganizar las estructuras productivas de las empresas y a su vez alcanzar mayores grados de adaptabilidad en la jornada de trabajo, dentro de los límites semanales que impone la normativa laboral", explicó la parlamentaria.

No obstante, a su juicio, la aplicación de la institución del trabajo a tiempo parcial es insuficiente en nuestro mercado laboral, lo que no permite que colectivos muy importantes de personas puedan encontrar en esa modalidad de trabajo una alternativa para ciertos ciclos de su trayectoria laboral.

POLÍTICA PÚBLICA EFICAZ

Según la senadora Alvear, el trabajo a tiempo parcial puede ser una eficaz política pública para combatir la informalidad laboral y los trabajos precarios.

En lo principal el proyecto modifica el artículo 40 bis A, permitiendo que las jornada diaria sea continua o discontinua con un máximo de 10 horas diarias e interrupción para colación con un límite de media hora a una hora. Ello, en los hechos permite el trabajo a tiempo parcial con jornadas continuas o discontinuas, modalidad que existe en el derecho comparado.

Además modifica el artículo 40 bis C permitiendo al empleador que con una antelación mínima de un día defina la alternativa de distribución de jornada pactadas. En tal sentido, señala que "las partes podrán pactar alternativas de distribución de jornada. En este caso, el empleador, con una antelación mínima de un día, estará facultado para determinar entre una de las alternativas pactadas, la que regirá en la semana o período superior siguiente".

Por último, se incorpora un nuevo artículo 40 bis E que autoriza el contrato de llamada por hora en nuestra legislación con la protección de la legislación laboral, lo que existe en el derecho comparado.

Según explicó la senadora, en los países que ha tenido mayor desarrollo el trabajo a tiempo parcial se ha caracterizado por una forma mayoritariamente de ocupación femenina.

Cabe destacar a los países europeos como Holanda donde el año 2000 el 70,5% de las mujeres económicamente activas tenían un contrato de trabajo a tiempo parcial, en circunstancias que un 19,2% de los hombre tenía contrato de jornada parcial.

En el mismo año, en gran Bretaña el 44,6 % de las trabajadoras estaba ocupada tiempo parcial, en Dinamarca el 34, 1, en Francia el 31%, en Austria el 32,2%, en Irlanda el 30,1, en Suecia el 36% y en Alemania el 37,9.

Senado aprueba nuevo marco legal para la acuicultura y en marzo sería votado en la Cámara

|


Tras un arduo debate que estuvo cruzado por la discusión sobre el carácter jurídico de las concesiones acuícolas y las garantías medioambientales y laborales que deberán cumplir la industria para evitar que se repitan crisis como la que golpeó a la salmonicultura, el Senado despachó en su totalidad el articulado del proyecto que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), y que daría un nuevo impulso a la industria del salmón, afectada fuertemente por el virus ISA.

De este modo, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite, en la Cámara de Diputados, con la petición formal del senador Camilo Escalona para que el Ejecutivo retire las disposiciones que, a su juicio, anulan el criterio original de las causales de caducidad de las concesiones por prácticas antisindicales.

Por acuerdo de los Comités del Senado y, considerando que esta era la tercera jornada de votación del proyecto, la Sala acordó pronunciarse por los 15 capítulos temáticos sobre el articulado de la iniciativa que fueron definidos previamente por la Secretaría.

Los senadores Juan Pablo Letelier, Guido Girardi y Alejandro Navarro dejaron constancia de que lamentaban este procedimiento ya que hubiesen preferido que la votación siguiera separadamente artículo por artículo.

No obstante, el presidente del Senado, Jovino Novoa aclaró que se optó por esta fórmula porque el acuerdo de los Comités era concluir ayer mismo el despacho de la iniciativa y "se propuso votar por capítulos ya que es un procedimiento distinto que permite el Reglamento cuando el proyecto es extenso o se trata de un Código".

Hipotecas
Uno de los temas más polémicos del proyecto fue el capítulo relativo a la hipoteca o garantía que se podrá constituir sobre las concesiones acuícolas, el que finalmente se aprobó por 21 votos a favor siete en contra y dos abstenciones.

Durante el debate intervinieron los senadores Alejandro Navarro, Evelyn Matthei, Guido Girardi, Juan Pablo Letelier, Hosaín Sabag, Antonio Horvath, Guillermo Vásquez, Adolfo Zaldívar, Carlos Ominami y Hernán Larraín, además del ministro de Economía (s), Jean Jaques Duhart.

Los senadores Alejandro Navarro, Guido Girardi y Carlos Ominami insistieron en que estas disposiciones permitirán una privatización del mar y calificaron dichas normas como "discriminatorias y excepcionales" por que permiten a los privados constituir garantías sobre un bien nacional de uso público.

A su turno, los senadores Evelyn Matthei, Antonio Horvath, Hosaín Sabag y Hernán Larraín recalcaron que "lo que se está hipotecando no es la columna de agua ni el fondo marino sino el derecho para hacer acuicultura". Añadieron que este mecanismo es similar al que se utiliza en el sistema actual de concesiones de obras públicas.

El senador Juan Pablo Letelier, aseveró que si bien hay un modelo de concesión donde se entregan los derechos de uso y goce, advirtió que "el Estado es débil para fiscalizar el cumplimiento de las normas y llegamos a esta crisis de la salmonicultura porque el sector privado no cumplió con las regulaciones previstas".

En tanto, el senador Adolfo Zaldívar manifestó que el tema de fondo es si existe voluntad para que "esta industria pueda desarrollarse", porque para ello se requiere que exista "certeza jurídica", es decir, que sea una actividad estable en el tiempo y, en ese sentido "la propiedad y la hipoteca tienen una lógica incuestionable".

Por su parte, el senador Guillermo Vásquez, precisó que "lamentablemente el texto legal incurre en varios errores jurídicos" porque se aplica en forma inadecuada el concepto hipoteca. Precisó que en todo caso "no hay colisión de intereses con otras actividades productivas en las aguas porque el derecho del concesionario no alcanza ni a la actividad artesanal ni a otras".

El ministro subrogante de Economía, Jean Jacques Duhart explicó que el interés del Ejecutivo es permitir la posibilidad de que "las empresas accedan al financiamiento para reiniciar las operaciones en el sector acuícola y para que puedan incorporar nuevas tecnologías".

Aspectos laborales y nuevas sanciones
Un cariz distinto tuvieron las normas que establecen la obligación de regular mediante una normativa especial los efectos laborales que se produzcan por la aplicación de esta ley y de destinar por parte de la Subsecretaría del Trabajo hasta el 20% del programa escuela de formación sindical a la capacitación y desarrollo de los trabajadores del sector.

El Senado aprobó por 23 votos a favor y dos abstenciones este capítulo y los senadores Camilo Escalona y Juan Pablo Letelier destacaron la importancia de estas disposiciones que obedecen a una sentida aspiración de los distintos sindicatos. Sin embargo, el senador Alejandro Navarro consideró débiles las normas laborales que se contemplan en el proyecto y señaló que se le da incluso, más importancia al cumplimiento de las regulaciones medioambientales.

Por otro lado, el capítulo de normas que establecen nuevas sanciones por el incumplimiento de los requisitos para mantener y renovar las concesiones motivaron un arduo debate y se aprobó por 13 votos a favor, nueve en contra y dos abstenciones. No obstante y pese a que se aprobó la disposición que flexibilizó la causal de caducidad por prácticas antisindicales, el senador Camilo Escalona pidió expresamente al Ejecutivo corregir esta norma en la Cámara de Diputados.

El texto legal aprobado establece que las concesiones no se renovarán si una empresa tiene tres sentencias ejecutoriadas por prácticas antisindicales en tres periodos productivos. Pese a esto, se contempla la posibilidad de renovación si "previo informe de la Dirección del Trabajo se constata una conducta laboral irreprochable del concesionario con posterioridad a los hechos que motivaron las sanciones".

Al respecto, el senador Escalona junto a sus pares Juan Pablo Letelier, Guido Girardi, Ricardo Núñez, Jaime Gazmuri y Guido Girardi coincidieron en que este artículo "será letra muerta" porque en la práctica va a ser difícil aplicar la causal de caducidad por prácticas antisindicales que fueron las que incidieron en la grave crisis del salmón.

A su turno, el senador Roberto Muñoz Barra expresó sus dudas sobre "si el Ejecutivo estaba consciente de que esta causal no se va a aplicar nunca".

Mientras tanto, el senador Antonio Horvath recalcó que "el compromiso del Ejecutivo es entregarnos un estatuto laboral especial para el sector" y recordó que en lo fundamental se aumentaron fuertemente las sanciones por prácticas desleales o antisindicales y también las multas que irán entre las 50 a 150 unidades tributarias mensuales.

Normas polémicas

En ese sentido, se aprobó por 21 votos a favor, tres en contra y cinco abstenciones todas las normas que regulan el otorgamiento de las concesiones de acuicultura que tendrán un plazo de 25 años y se renovarán por igual periodo, siempre y cuando no tengan informes medioambientales negativos ni hayan incurrido en alguna de las causales de caducidad que establece el proyecto.

Además se establece que, desde la publicación de la presente ley se suspende en las regiones de Los Lagos y Aysén el ingreso de solicitudes y el otorgamiento de nuevas concesiones de acuicultura, cuyo proyecto técnico considere peces, salvo las que a dicha fecha cuenten con proyecto técnico aprobado por la Subsecretaría de Pesca.

Por otro lado, el Senado respaldó por 22 votos a favor, cuatro en contra y dos abstenciones el capítulo de normas relativas a la transferencia de las concesiones. Los senadores Guido Girardi, Alejandro Navarro y Juan Pablo letelier argumentaron que se establece un fast track para realizar las transferencias de concesiones ya que se elimina el requisito de la autorización de la Subsecretaría de Marina y de Pesca.

Los senadores Evelyn Matthei, Baldo Prokurica y Antonio Horvath defendieron la iniciativa porque significa un avance respecto a las concesiones perpetuas. Además señalaron que este proyecto obliga a los titulares de la concesión a ocuparla a través de una operación mínima y se disponen descansos obligatorios por cada uno de los barrios, de modo de prevenir la propagación de virus. Por lo tanto, "en esos periodos no se aplicará la causal de caducación", dijeron.

En tanto, por 21 votos a favor y dos abstenciones, la Sala despachó todas las regulaciones para adquirir y administrar dichas concesiones señalando que ninguna persona natural o jurídica ni personas vinculadas a ellas podrán solicitar concesiones de acuicultura que representen más del 20% del total de la superficie concesible de una región.

Finalmente el capítulo que establece las normas sanitarias y medioambientales que deberán cumplir los concesionarios acuícolas fue aprobado por 23 votos a favor y dos abstenciones, con lo cual se incluye un completo paquete de medidas para prevenir la propagación de virus y enfermedades que afecten a las especies en cultivo

Modificación a la LGPA irá a Comisión Mixta

|


El día de hoy, la Cámara de Diputados rechazó los tres cambios propuestos por el Senado al proyecto que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), en materia de acuicultura, por lo que la iniciativa será analizada ahora por una Comisión Mixta.
Por parte de la cámara integrarán esta instancia los diputados Clemira Pacheco (PS), Carlos Recondo (UDI), René Alinco (PPD), Roberto Delmastro (RN) y Patricio Vallespín (DC).
Según informó recientemente el sitio de la Cámara de Diputados, la iniciativa (boletín 6365) define, entre otras materias, lo que se entenderá por agrupación de concesiones, referido a un conjunto de concesiones de acuicultura dentro de un área apta para el ejercicio de la acuicultura, en una zona que presente características que justifiquen su manejo sanitario coordinado por grupo de especies hidrobiológicas, así declarado por la Subsecretaría de Pesca.
La declaración de agrupación no afectará la libre navegación, el ejercicio de actividad pesquera ni los derechos emanados de las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos o de las concesiones marítimas o de acuicultura, así como el ejercicio de actividades turísticas ni el espacio costero marítimo de los pueblos originarios.
Asimismo, se dispone que la acuicultura deberá contemplar normas que resguarden el bienestar animal y procedimientos que eviten el sufrimiento innecesario.
Respecto al plazo de la concesión acuícola, se establece que esta durará 25 años que se renovará por igual plazo, a menos que la mitad de los informes ambientales hayan sido negativos o se verifiquen las causales de caducidad.
También se señala que ninguna persona o empresa podrá solicitar concesiones de acuicultura que representen más del 20% del total de la superficie concesible de una región, entendiendo por tal las áreas apropiadas para la acuicultura, descontada la superficie ya otorgada en concesión o destinación, la que haya sido declarada oficialmente para una finalidad distinta de la acuicultura y las distancias entre centros de cultivo exigidas por los reglamentos.
Hipoteca
La comunicación oficial detalla que el proyecto precisa que sin perjuicio de otros negocios jurídicos, podrá constituirse hipoteca sobre la concesión o autorización de acuicultura. El Senado había modificado esta disposición, precisando que la hipoteca se extendería a los derechos de uso y goce que otorga la concesión, además de otras materias relativas a esta materia, las que fueron rechazadas por la Cámara, por 46 votos en contra, 43 a favor y 6 abstenciones.
Prácticas desleales o antisindicales
Asimismo, los diputados rechazaron, por 46 votos en contra, 43 a favor y 4 abstenciones, la norma que disponía una sanción de hasta 150 UTM para el titular de la concesión o el que realice actividades de acuicultura, que cometiera una práctica desleal o antisindical.
Esta disposición establecía además que no se renovaría la concesión al titular que no se encontrara al día en el pago de esta multa, ni tampoco a quien acumulara tres sanciones judicialmente ejecutoriadas por prácticas desleales o antisindicales en tres ciclos productivos continuos.
Causales de caducidad
Finalmente, los diputados rechazaron, por 47 votos en contra, 42 a favor y 5 abstenciones, la modificación del Senado respecto a causales de caducidad, que entre otras causas aplicaba la suspensión de esta figura por no operación en un año de la concesión, cuando la autoridad hubiera dispuesto descanso obligatorio o por causa de un evento de fuerza mayor.
Sanciones
En el caso de cultivo de peces, los titulares de concesiones de acuicultura serán sancionados por sembrar ejemplares en el centro de cultivo sin contar con la información ambiental evaluada por el Servicio, dentro del plazo establecido en el reglamento o, en el caso de los demás cultivos, no suspender el ingreso de ejemplares al centro de cultivo desde la fecha de comunicación de la evaluación negativa de la información ambiental efectuada por el Servicio, dentro del plazo establecido por el reglamento.
También serán sancionados los titulares que no den cumplimiento a las condiciones de densidad o descanso en los centros de cultivo o la coordinación de ellas en las agrupaciones de concesiones.
En estos casos, el titular del centro de cultivo será sancionado con multa de entre 2.000 y 3.000 UTM. Si en los cuatro años siguientes se configura una segunda infracción, se sancionará con la suspensión de las operaciones del centro respectivo por un plazo de 3 años.
En el evento de escape o pérdida masiva de recursos en sistemas de cultivo intensivo, o de desprendimiento o pérdida de recursos exóticos en este mismo sistema, y constatado el incumplimiento de la adopción de medidas de seguridad de los módulos de cultivo y fondeo, o de su mantención, el titular será sancionado con multa de 500 a 3.000 UTM.
En este caso, además, se presumirá que existe daño ambiental, de conformidad con la ley Nº 19.300, si el titular del centro no recaptura como mínimo el 10% de los ejemplares en el plazo de 30 días, prorrogables hasta por 30 días más.
Cuando se constate el uso de fármacos o sustancias químicas prohibidas para la acuicultura, la sanción será igualmente de 500 a 3.000 UTM. Si la infracción se reitera en el plazo de dos años, la multa se duplicará.

Chile: A tercer trámite proyecto que crea un nuevo marco regulatorio para la acuicultura

|

VALPARAÍSO (Emol).- Tras un arduo debate que estuvo cruzado por la discusión sobre el carácter jurídico de las concesiones acuícolas y las garantías medioambientales y laborales que deberán cumplir la industria para evitar que se repitan crisis como la que golpeó a la salmonicultura, el Senado despachó en su totalidad el articulado del proyecto que modifica la Ley de Pesca en materia de concesiones acuícolas.
De este modo, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite, en la Cámara de Diputados, con la petición formal del senador Camilo Escalona para que el Ejecutivo retire las disposiciones que, a su juicio, anulan el criterio original de las causales de caducidad de las concesiones por prácticas antisindicales.
Por acuerdo de los Comités del Senado y, considerando que esta era la tercera jornada de votación del proyecto, la Sala acordó pronunciarse por los 15 capítulos temáticos sobre el articulado de la iniciativa que fueron definidos previamente por la Secretaría.
Los senadores Juan Pablo Letelier, Guido Girardi y Alejandro Navarro dejaron constancia de que lamentaban este procedimiento ya que hubiesen preferido que la votación siguiera separadamente artículo por artículo.
No obstante, el presidente del Senado, Jovino Novoa aclaró que se optó por esta fórmula porque el acuerdo de los Comités era concluir hoy mismo el despacho de la iniciativa y "se propuso votar por capítulos ya que es un procedimiento distinto que permite el Reglamento cuando el proyecto es extenso o se trata de un Código".

Chile: Salmoneras no tienen interés en reactivar el empleo

|

PUERTO MONTT (Ecocéanos News).- El Subsecretario del Trabajo, Mauricio Jélvez, constató lo que es un secreto a voces en Puerto Montt y Chiloé: que los empresarios salmoneros no están interesados ni han aportado a los planes de reactivación del empleo “Los trabajadores están con una sensación que las empresas tienen una deuda con ellos”, señaló Jélvez hoy en El Mercurio.

Esto sucede en momentos que los 20 mil trabajadores salmoneros cesantes y sus familias, se aprestan a enfrentar un año durísimo en que se prevé que aumentará la actual cesantía, mientras la industria ha recibido una línea de crédito estatal de 450 millones de dólares con un 60% de aval de los contribuyentes chilenos.

Pero también las compañías del salmón se aprestan a que el parlamento apruebe el proyecto de ley que les permitirá hipotecar bienes nacionales de uso público para pagar su deuda de más de 2.000 millones de dólares frente a los bancos acreedores y solicitar nuevos créditos.

Una más de las tantas contradicciones generadas con el accionar de la alianza entre la derecha y el saliente gobierno, es que mientas el Subsecretario del Trabajo, critica el bajo apoyo de las salmoneras para reactivar el empleo, los senadores de derecha, de la democracia cristiana y el presidente del Partido Socialista, afirmán que la necesidad de aprobar la ley que hipoteca las concesiones acuícolas es para reactivar el empleo en esta industria.

Pero en definitiva el eufemísticamente denominado “Plan salmón”, lanzado con gran publicidad por el gobierno en abril del 2009, ha constatado que el inicial interés demostrado antes los medios de comunicación por la Industria salmonera, no se ha concretado.

El plan que buscaba apoyar antes de las elecciones presidenciales a mas de 5.000 cesantes, principalmente en la región de Los Lagos, ha debido aumentar desde $ 5.000 a $7.000 millones de pesos del erario público para planes de empleo temporal, mientras los empresarios salmoneros se han desentendido de sus responsabilidades.

El Subsecretario Jelvez denunció que han debido expandir su cobertura a mas de 7.500 ex-trabajadores salmoneros. “Cuando llegamos a la zona nos encontramos con una población muy atemorizada por el desempleo”, señaló el funcionario público.

¿“PLAN SALMÓN” SERÁ PARTE DEL PLAN PIÑERA DE 1 MILLÓN DE NUEVOS EMPLEOS?

El papel asumido totalmente por el Estado utilizando el dinero de los contribuyentes chilenos logró mantener artificialmente el desempleo bajo los dos dígitos en la región de Los Lagos. Ello mientras la industria salmonera se concentraba en realizar lobby parlamentario, recibir ayuda estatal y acelerar la producción y exportación de salmón coho.

Durante la temporada 2009, las exportaciones de salmónidos lograron superar los 2.000 millones de dólares (2 billones de dólares), a pesar de los impactos generados por la aguda crisis sanitaria y ambiental.

Las empresas salmoneras han destinado sobre 25.000 millones de pesos a la innovación tecnológica y de productos. Fuentes de la industria señalaron que la continuación del plan anti-desempleo salmonero se deberá ahora enmarcar dentro del objetivo del nuevo gobierno de Sebastián Piñera de generar 1 millón de empleos

buscador



Google

Web
fetrapes

 

©2009 . FETRAPES . | Template Blue by TNB