"Fetrapes" fiscalía nacional económica no resuelve colusión en licitaciones pesquera, efecto ley longueira

Proponen garantizar pago de indemnizaciones en caso de quiebras de empresas

|


En caso de quiebras, algunas empresas no pagan las indemnizaciones por años de servicio argumentando que son "caso fortuito o fuerza mayor". Una moción de diputados busca terminar con esta práctica.

La iniciativa, enviada para su estudio a la Comisión de Trabajo, fue presentada por los diputados Sergio Aguiló, Isabel Allende, Carolina Goic, Tucapel Jiménez, Antonio Leal, Adriana Muñoz y Carlos Olivares.
Los autores indican que, frente a la declaración de quiebra de las empresas, muchas despiden a sus trabajadores basados en la causal de "caso fortuito o fuerza mayor", la que no da derecho a indemnización.
Al respecto, recuerdan que la Corte Suprema ha sostenido en sus fallos que no procede aplicar esta causal en casos de quiebras.
Los diputados sostienen que el término de la relación laboral en estos casos debiera entenderse dentro de la norma del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, es decir, como necesidad de la empresa, establecimiento o servicio, que hace necesaria la separación de uno o más trabajadores.
Por ello, la moción propone considerar a la quiebra de la empresa explícitamente como ejemplo de esta causal.
De este modo, el despido daría derecho a la indemnización por años de servicio y, en su caso, a la sustitutiva de aviso previo.
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Quiebras, las indemnizaciones por años de servicio pueden pagarse administrativamente aún antes de su verificación.
Miércoles 22 de octubre de 2008

buscador



Google

Web
fetrapes

 

©2009 . FETRAPES . | Template Blue by TNB