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Viernes - Piden al gobierno ratificar el Convenio 188 de la OIT que mejora las condiciones del trabajo marítimo

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Senadores Alejandro Navarro, Nelson Ávila y Pedro Muñoz Aburto presentaron un proyecto de acuerdo que contiene tal petición y que será votado por la Sala del Senado el próximo martes.


La necesidad de que Chile suscriba el Convenio Internacional 188 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Trabajo Marítimo, solicitaron mediante un proyecto de acuerdo, los senadores Alejandro Navarro, Nelson Ávila y Pedro Muñoz Aburto.
Los parlamentarios señalaron que “éste es un instrumento único y coherente que recoge las normas actualizadas contenidas en los convenios y recomendaciones internacionales sobre el trabajo marítimo”.
Cabe señalar que “la OIT tuvo en consideración el principio fundamental que es promover las condiciones de trabajo decentes, así como la Declaración de la organización relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de 1998”.
Los parlamentarios patrocinantes de la iniciativa señalaron que “la OIT tuvo presente también que la gente de mar está amparada por las disposiciones de otros instrumentos de la OIT y, además que las actividades del sector marítimo se desarrollan en el mundo entero y necesitan una protección especial”.
Agregaron que “con este Convenio se establece un marco jurídico general para regir todas las actividades que se desarrollen en los mares y océanos y tiene una importancia estratégica como base para la acción y cooperación en el sector marítimo en los planos nacional, regional y mundial”.
Asimismo, define “los deberes y obligaciones que tienen los Estados en materia de condiciones de trabajo, dotación y cuestiones sociales en los buques. Sin embargo, no menoscabará cualquier ley, sentencia, costumbre o acuerdo que garantice a los trabajadores condiciones más favorables que las previstas en el convenio o la recomendación de la OIT”.
Los parlamentarios puntualizaron que la OIT espera que este acuerdo “tenga la mayor aceptación posible entre los gobiernos, los armadores y la gente de mar comprometidos con los principios del trabajo decente, que pueda actualizarse fácilmente y que facilite una aplicación y un control de su aplicación”.
DISPOSICIONES DEL CONVENIO 188
De este modo “todo país miembro deberá verificar que las disposiciones de su legislación respetan en el contexto del Convenio, los derechos fundamentales relativos a: la libertad de asociación y libertad sindical y el reconocimiento efectivo de derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación”.
Los senadores autores del proyecto de acuerdo añadieron que “el instrumento también establece que toda la gente de mar tiene derecho a un lugar de trabajo seguro y protegido en el que se cumplan las normas de seguridad, a condiciones de empleos justas, a condiciones decentes de trabajo y de vida a bordo, a la protección de la salud y a medidas de bienestar social”.
Precisaron que “todo país miembro, dentro de los límites de su jurisdicción deberá asegurar que los derechos en el empleo y los derechos sociales de la gente de mar se ejerzan planamente, de conformidad con los requisitos del mencionado Convenio”.
Finalmente, explicaron que “el Convenio 188 de la OIT entrará en vigencia 12 meses después de la fecha en que se hayan registrado las ratificaciones de al menos 30 miembros que en conjunto posean como mínimo el 33 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante mundial”.

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